CAJEME.- Como parte de acciones preventivas para la
disminución de accidentes de tránsito, el Ayuntamiento de Cajeme a través de la
Secretaría de Seguridad Pública Municipal hace un llamado a los conductores
para que cumplan con el revisado vehicular del primer semestre de este 2020, el
cual consiste en verificar el funcionamiento de los dispositivos de los
automóviles.
José Antonio León Higuera, encargado del Revisado Vehicular, informó
que los dispositivos que se verifican son las luces delanteras y traseras, así
como las altas y bajas, direccionales, claxon, parabrisas y retrovisores.
“Todos estos dispositivos básicos deben estar en funcionamiento en los
vehículos de nuestra ciudad, porque con ellos podemos evitar cualquier tipo de
accidentes; todos son sumamente importantes para que los ciudadanos puedan
conducir en la vía pública”, expresó.
El área para el revisado vehicular se encuentra en la calle Sinaloa
entre Allende y Náinari, donde los ciudadanos deben acudir con su tarjeta de
circulación de lunes a jueves en un horario de 8:00 a 14:00 horas.
Al cumplir con el revisado vehicular, se les dará un ticket para que
pasen a Tesorería Municipal a cumplir con el pago de 25 pesos, donde se les
dará la calcomanía que deberá pegarse en un lugar visible del automóvil.
Cabe señalar que en el artículo 53 de la Ley de Tránsito del Estado de
Sonora, se señala que, los propietarios o poseedores de vehículos de propulsión
mecánica estarán obligados a presentarlos para su revisión ante la policía de
tránsito del municipio que corresponda, durante los meses de enero y julio de
cada año, por lo que es importante que los ciudadanos cumplan con este
procedimiento para evitar una infracción.
LEY DE TRÁNSITO DEL ESTADO DE SONORA QUE SUSTENTA EL REVISADO VEHICULAR
ARTÍCULO 53.- Todo vehículo que transite por la vía pública deberá
encontrarse en condiciones satisfactorias de funcionamiento y provisto de los
dispositivos que exigen la presente Ley y demás ordenamientos aplicables, salvo
aquellos que se señalen como opcionales.
Los propietarios o poseedores de vehículos de propulsión mecánica
estarán obligados a presentarlos para su revisión ante la policía de tránsito
del municipio que corresponda, durante los meses de enero y julio de cada año,
o dentro de los treinta días siguientes a su adquisición, cuando esta se
efectúe fuera de los meses señalados.








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